Toda
persona relevada como víctima de explotación sexual, de trata de
personas o en situación de vulnerabilidad vinculada a la prostitución
podrá ser beneficiaria del seguro de Capacitación y Empleo, según la
resolución 1504 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La resolución, que lleva la firma del secretario de Empleo, Enrique Deibe, establece que la persona deberá estar relevada por un organismo público nacional, provincial o municipal o por una organización no gubernamental con trayectoria en la temática o en la atención de esta población. Además, los beneficiados serán registrados, previo análisis de su pertinencia, en la Plataforma Informática de la Red Servicios de Empleo como destinatarias de la cobertura del seguro y podrán iniciar en forma personal el trámite de inscripción correspondiente. Todos los actores que intervengan en procedimientos vinculados con la participación en el seguro deberán observar las obligaciones de confidencialidad previstas por la Ley de Protección de Datos Personales Nº 25.326 y de protección a la privacidad e identidad de las víctimas de la trata de personas establecida por el artículo 8° de la Ley de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas Nº 26.364. |


8:13
0 comentarios:
Gracias por su comentario!. Por favor sea respetuoso/a.
Mujeres Ahora
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.